20141105 COMUNICADO UGT SAICA 34 2014 Reunión CPIV CCNS Tablas Salariales
Hemos podido constatar la intransigencia de la Dirección una vez más, vinculando a la Negociación del Convenio asuntos que pueden solucionarse fuera de ella y no generar mayor nivel de crispación por parte de los Trabajadores del NON STOP. A continuación incluimos transcripción del Acta de la Reunión.
ACTA DE LA C.P.I.V. DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA DE TRABAJO EN CONTINUO (NON STOP) PARA LOS CENTROS DE ZARAGOZA Y EL BURGO DE EBRO (ZARAGOZA). 05/11/2014
REUNIDOS:
REPRESENTANTES DE LA EMPRESA: Sres.: Brosed, M. Elgarrista, R. González, C.
REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Sres. : Arenas, A. (OSTA) Gallego, R. (UGT) Miguel, F. (UGT)
DELEGADOS SINDICALES: Sres.: León, 1. (UGT) Mur, F. (OSTA) Aguilar, J. (CCOO)
En Zaragoza, siendo las 10 horas del día 5 de noviembre de 2014, se reúnen los Representantes de la Empresa: S.A. Industrias Celulosa Aragonesa (en adelante SAICA), y de los Trabajadores, sus Representantes Legales, así como los Delegados Sindicales de U.G.T., OSTA y CC.OO.
Como miembros de la Comisión Paritaria de Interpretación y Vigilancia del Convenio Colectivo de la Empresa SAICA para el Régimen de Trabajo en Continúo «Non Stop», órgano de interpretación y control del cumplimiento de lo pactado; y a solicitud de los Presidentes de los Comités de Empresa de Saica Zaragoza y Saica El Burgo (Zaragoza) para la actualización de las tablas salariales 2014 y aplicar el incremento salarial (0,4%) a los conceptos del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO EN CONTINUO (NON STOP), según revisión salarial establecida en el Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Pastas, Papel y Cartón 20132014,
MANIFIESTAN:
PRIMERO.-La representación de los trabajadores expone su petición para fundamentar la confección y firma, si procede, de las tablas salariales para el año 2014 y aplicar el incremento del 0,4 % a los conceptos del Convenio Colectivo NON STOP (CCNS), manifestando:
1. El artículo 37° del CCNS dice textualmente: «Se aplicarán los Incrementos y Revisiones salariales señalados para cada año en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón en vigor, actualizando las partes firmantes las Tablas Salariales correspondientes y demás conceptos retributivos en el porcentaje establecido en el mismo. Se establece una cláusula de revisión salarial en las mismas condiciones que la que se indique en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón de cada año».
2. El artículo 5° del CCNS (DENUNCIA y REVISiÓN) dice en su último párrafo: «Hasta que se alcance acuerdo expreso, el Convenio Colectivo quedará prorrogado en sus mismos términos».
3. El Convenio Colectivo Estatal de Pastas Papel y Cartón, vigente actualmente y que obliga a SAl CA, en su artículo 11.1 establece un aumento salarial para el año 2014 sobre la RTTB de cada trabajador de un 0,4 % si se cumplen ciertas condiciones. Estas condiciones se cumplen tal y como se indica en el Acta de 12 de Febrero de 2014 de CMIVC de dicho Convenio.
SEGUNDO.-Al respecto, La Representación de la Empresa manifiesta:
1. Que actualmente se está negociando el Convenio Colectivo de la Empresa S.
A. Industria Celulosa Aragonesa (CCNS SAl CA) para sus Centros de Trabajo Fábrica de Zaragoza y Fábrica de El Burgo de Ebro (Zaragoza), objeto de esta consulta e interpretación, por denuncia expresa interpuesta por la propia Representación de los Trabajadores.
2.Que fruto de esa negociación se articulará el incremento correspondiente y la firma de las Tablas salariales definitivas, como así consta expresamente tanto en la plataforma de la Empresa como en la plataforma de la Parte Social, y ha sido objeto de debate en numerosas reuniones.
3. Que el Ámbito Temporal de dicho convenio, establece expresamente en su artículo 4°, una vigencia de las condiciones económicas pactadas del 01/1/2011 al 31/12/2013, siendo a fecha de hoy objeto de Negociación Colectiva en el proceso negociador instado por la Representación de los Trabajadores el 20 de febrero de 2014.
TERCERO.-Los Representantes de los Trabajadores solicitan la confección y firma de las tablas salariales correspondientes al año 2013 del Convenio Colectivo NON STOP.
CUARTO.-Las Partes acuerdan finalizar SIN ACUERDO la reunión de hoy sobre el objeto planteado, por todas las razones anteriormente expuestas.
Y en prueba de conformidad, y a un solo efecto, se levanta acta en el lugar y fecha indicada en el encabezamiento
(Final del Acta)
A pesar de haber dado varias opciones para llegar a un acuerdo, no ha sido posible, por ello nos pondremos en contacto con la Asesoría Jurídica para valorar las opciones legales que tenemos para que los Trabajadores del NON STOP no sufran mayor merma salarial.
Recordaros que el próximo viernes 7, a las 14:00, tenemos la 13 ª Reunión de Negociación del Convenio, esperando que haya algún avance.
Seguiremos informando.