El día 29 de octubre se ha mantenido una nueva reunión de la Mesa Negociadora del Convenio non Stop. Después de firmar el acta 27 (reunión 16 de octubre).
Toma la palabra la Dirección para dar respuesta a la Parte Social, entregando la siguiente propuesta:
1. Subida salarial sobre toda la RTTB:
- 2014: 0,4% (subida ya incluida en el Convenio Estatal)
- 2015: 1% + aportación extraordinaria única y no consolidable de 200€ Plan Pensiones o en nómina, según decida el trabajador.
- 2016: 1,5% + aportación extraordinaria única y no consolidable de 200€ Plan Pensiones o en nómina, según decida el trabajador.
- 2017-2018: 1,8% + 0,2% si el valor del PIB del año anterior es mayor al 2%.
2. Revisión salarial global al conjunto de los cinco años de vigencia con relación al Convenio Estatal. Es decir, la revisión se haría en 2019 al alza si los incrementos totales del estatal superan los del convenio Non Stop.
3. Absorción de los incrementos derivados de la nueva clasificación profesional que se está negociando en el Convenio Estatal.
La Parte Social solicita un receso tras el cual indica lo siguiente:
- La propuesta presentada nos parece incluso peor que la presentada en la anterior reunión, ya que, se introducen clausulas de revisión y absorción relacionadas con el Convenio Estatal que suponen una doble pérdida para los trabajadores. Por tanto, el aparente incremento de los porcentajes NO ES REAL.
- No vemos que la DE haya hecho un esfuerzo importante para alcanzar un acuerdo, ya que, la propuesta es muy similar a la ofrecida en anterior reunión. Demandamos que se haga un verdadero esfuerzo para llegar a los porcentajes mínimos solicitados por la Parte Social.
- Los años 2014-2015 han sido muy positivos en cuanto a los beneficios, por lo que no entendemos que los incrementos planteados para estos años sean los más bajos de toda la serie.
Con todo esto, le indicamos a la Dirección que nuestras opciones son las siguientes:
A) Incremento del Convenio Estatal más un % adicional:
- 2014: 2%
- 2015:1%
- 2016-2018: 1.5% para cada año.
• B) Incremento mínimo garantizado del 2% para cada año de vigencia con una revisión al alza si la subida del Estatal es mayor.
La Dirección indica que estas propuestas no son asumibles por su parte y que necesitan un ejercicio de revisión del planteamiento de la Parte Social.
La Parte Social decide dar por finalizada la reunión al ver que es imposible seguir avanzando con la postura de la Dirección.