El 19 de enero, y una vez conocido el IPC definitivo de 2021: 6,5%, se ha reunido la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón, para proceder a actualizar las tablas salariales con el mismo incremento.

El texto del Convenio establece que el incremento salarial se debe aplicar sobre la Retribución Total Teórico Bruta, por lo que, estamos a la espera de que la empresa nos envíe un borrador para poder comprobar las tablas salariales del Non Stop con la aplicación de este 6,5%. Como los conceptos propios del Convenio Non Stop no sufren variación, el incremento se consolida en el CSE, que sube notablemente.

En lo referente al Colectivo Técnico, queremos hacer las siguientes aclaraciones para que la empresa no compense y/o absorba este incremento salarial:

  • Es aplicable tal y como establece el convenio a los GP entre 3-10, si bien las tablas salariales de GP11 se consolidan como salario mínimo garantizado para GP superiores.
  • El CSE es un concepto propio del convenio y por tanto, no puede ser compensable ni absorbible, por lo que, toda persona que en su nómina le aparezca este concepto, la cantidad no puede ser absorbida ni compensada con el incremento.
  • A los GP 3-10 el incremento debe hacerse sobre su RTTB, por lo que, el CSE debe ser la partida donde vayan los excesos correspondientes.

 

En el mes de febrero se tendrá que hacer efectiva el pago único del 0,25% sobre la RTTB.

Ante cualquier duda poneros en contacto con un miembro de UGT en los comités de empresa para ayudar a aclarar como la empresa ha hecho el incremento.

 


 

 

 

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