La MAZ cómo Entidad colaboradora con la Seguridad Social, pone a disposición de las personas trabajadoras y sus familiares una serie de prestaciones sociales dirigidas a paliar situaciones derivadas de un accidente de trabajo o enfermedad profesional:

  • Ayudas para eliminar las barreras arquitectónicas en la vivienda habitual o compra de una vivienda adaptada.
  • Ayudas para la adaptación de su vehículo a motor o compra.
  • Ayuda única a tanto alzado.
  • Ayuda psicológica para los familiares de los accidentados.
  • Ayudas para el alquiler de vivienda para las familias cerca del lesionado.
  • Ayudas económicas para dietas, alojamientos y desplazamientos de los acompañantes de los lesionados.
  • Ayuda de tercera persona para realizar las Actividades Básicas Diarias.
  • Ayudas para la reparación/ reposición de gafas correctoras y audífonos.
  • Ayuda a la unidad familiar cuyos únicos ingresos sean los del accidentado.
  • Ayudas para compensar la excedencia por cuidado de familiar.
  • Ayudas para estudios de los hijos en caso de fallecimiento por accidente laboral o enfermedad profesional o IPT de uno de los progenitores.

La tramitación y concesión de esta ayuda se realiza a través de la Comisión de Prestaciones, de la cual, UGT es miembro por parte de los agentes sociales.

En caso de necesidad, la solicitud de estas ayudas sociales debe realizarse por escrito directamente a la Comisión de Prestaciones. (Puedes descargarte solicitud en www. maz.es)

Para cualquier duda, aclaración o ayuda sobre la tramitación de estas prestaciones poneros en contacto con cualquier miembro de UGT en los Comités de Empresa.