20150413 COMUNICADO UGT SAICA 19 2015 IMGHoy, día 13 de abril ha tenido lugar una nueva reunión de la mesa negociadora del convenio colectivo Non Stop.

Toma la palabra la parte empresarial para incluir en su propuesta de la pasada reunión una fórmula de incremento salarial basada en:

  • Aplicación de los incrementos que se pacten en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón.
  • Bonus adicional variable y NO CONSOLIDABLE de hasta un 1% según cumplimiento del EBITDA.
  • Para el año 2014 únicamente el 0,4% pactado en el Convenio Estatal.

El resto de su propuesta la mantiene sin cambios.

La parte social hace un receso, tras el cual hace entrega a la Dirección de una nueva propuesta cambiando y eliminando algunos puntos para intentar llegar a un acuerdo.

En este nuevo documento se simplifica de manera notable la petición de la parte social, eliminando el acuerdo sobre las jubilaciones y dejando el compromiso de no externalizar ni reorganizar fuera del texto del convenio, es decir, de manera transitoria.

 


 

PROPUESTA PARTE SOCIAL ACUERDO CONVENIO COLECTIVO NON STOP 2014-

MODIFICACIONES DEL TEXTO DEL CONVENIO:

  • Artículo 14: DEL PERSONAL DE LAS SECCIONES:

Unidad de producción: “Se considera unidad de producción en un centro de trabajo al conjunto de áreas y/o secciones que son necesarias para el desarrollo correcto de la actividad principal de la empresa, y que por separado no tienen independencia funcional por sí mismas.

 

Todo el personal descrito en el presente artículo estará afectado por el artículo tres del presente convenio. Atendiendo al artículo 2 del presente convenio la actividad productiva se realiza en los centros de trabajo de Zaragoza y El Burgo según la distribución por puestos de trabajo que se recogen en la tabla:

FUNCIÓN/SECCIÓN PUESTO DE TRABAJO CATEGORÍA
MÁQUINAS DE PAPEL (MPs) ·       Conductor MP

·       Ayudante 1ºMP zona Húmeda

·       Ayudante 2º MP zona seca

·       Conductor de bobinadora

·       Ayudante 1º de bobinadora

·       Ayudante 2º de bobinadora

·       Peón·       K

·       H

·       G

·       H

·       E

·       E

·       APREPARACIÓN DE PASTAS (PP)·       Conductor PP

·       Ayudante de PP·       J

·       GCentral de energía (CE)·       Conductor Responsable

·       Conductor·       K

·       JPlanta de valorización (PVE)·       Conductor responsable

·       Conductor·       K

·       JMANTENIMIENTO·       Oficial 1ª/2ª/3ª Sin non Stop (L-V)

·       Oficial 1ª/2ª/3ª con non stop (1T)

·       Oficial 1ª/2ª/3ª con non stop (3T)·       J/H/F

·       J/H/F

·       J/H/FFABRICA·       Correturnos·       G

 

  • Del personal de fabricación:

Se entiende por personal de fabricación aquel que sirve directamente a los puestos de trabajo de las secciones y/o áreas de la unidad de producción, con la misión de producir la adecuada cantidad y calidad de pasta o papel. Se incluyen en este grupo los puestos descritos en las secciones de MP, PP, CE y PVE.

Existirán equipos de cinco personas del colectivo non stop para cada puesto de trabajo descrito; asegurando de esta manera el funcionamiento de las instalaciones productivas los días establecidos en el artículo 1 del presente convenio.

  • Dichas secciones se regirán por los siguientes calendarios descritos en el anexo I:
    1. Ciclo base 7/5
    2. Ciclo base 6/4
  • Del personal de Mantenimiento: Dentro del compromiso suscrito entre la empresa y trabajadores para garantizar el funcionamiento continuado de las instalaciones, ambas partes consideran necesario el contar con personal de talleres de mantenimiento a turno, en número suficiente para poder atender las veinticuatro horas al día las averías imprevistas que puedan producirse, adoptándose para ello la siguiente organización:

(CONTINUA CON LA REDACCIÓN ACTUAL)

  • Artículo 45-b: cobertura de vacantes
    • La Dirección de empresa se compromete a convocar concurso oposición de todas las vacantes que se produzcan por jubilaciones u otras causas en los distintos puestos descritos en tabal I de artículo 14 del presente convenio.
  • Si una vez realizados todos los pasos establecidos para la cobertura de una vacante del colectivo non stop, ésta no se pudiera cubrir de forma efectiva, la empresa deberá garantizar dicha cobertura usando las diferentes modalidades de contratación vigentes, con la finalidad de asegurarse el funcionamiento ininterrumpido de las instalaciones productivas de forma segura y respetando todo lo referente a los ciclos de trabajo/descanso pactados en el presente convenio Colectivo Non Stop.
  • Artículo 15.I.c:

En la fijación del calendario para el año siguiente la empresa decidirá si los días 1 de mayo y 12 y 13 de octubre serán días de trabajo.

No obstante, según las necesidades del mercado, la empresa podrá decidir, con al menos dos meses de antelación, y comunicándolo por escrito a la representación de los trabajadores, si estos días serán de trabajo.

En estos supuestos excepcionales en que no se fije en el calendario anual inicial, los días generados de la Bolsa de libre disposición variable (BLD), se descontarán a elección del trabajador, siempre que no coincidan en periodo vacacional. Si se solicitan para un mismo turno y puesto de trabajo por más de un trabajador, las peticiones se atenderán por orden de solicitud.

Esta modificación del calendario, se considerará y computará dentro de las posibilidades legales vigentes de distribución irregular de la jornada.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA:(Segunda)

 

En referencia al acuerdo alcanzado con fecha 23/12/2009 sobre condiciones transitorias en saica el burgo y saica Zaragoza. (Se adjunta texto en anexo III.), en el caso de que un trabajador afectado por este acuerdo ocupara una vacante inferior a su categoría profesional, se le garantizaría su categoría/GP actual y su masa salarial.

 

TEXTO QUE NO MODIFICA EL CONVENIO.

 

  1. Garantía de empleo: Recogiendo la preocupación de los trabajadores en materia de empleo y lo manifestado por la Parte Social a lo largo de las negociaciones:
    1. Las partes anexarán un censo laboral de los trabajadores afectados por el ámbito temporal y personal de este convenio, a fecha de la firma del acuerdo, con la asignación de las funciones. (MP´s, P. Pastas, Energía cogeneración, Energía PVE, mantenimiento y correturnos). En todo caso, se respetarán las actuales especialidades del personal de mantenimiento Mecánico (Hidráulica/neumática y Mecánica general).
    2. La empresa se compromete a garantizar el empleo a todos los trabajadores adscritos a ese censo en los supuestos de despidos objetivos individuales o colectivos fundamentados en causas técnicas, organizativas, económicas o de producción.
    3. La dirección de empresa mantendrá los niveles actuales de subcontratación, comprometiéndose a no externalizar secciones que a 31/3/2015 son realizadas por personal propio total o parcialmente.
    4. No se producirá ninguna reorganización motivada por causas económicas, organizativas o de producción.

En caso de que se produjeran automatizaciones o desaparición de maquinaria que supongan la posibilidad de amortizar algún puesto de trabajo, la Dirección de la Empresa dará trabajo efectivo a los afectados dentro del centro de trabajo y función al que pertenezcan. En caso de no ser posible, se pactarían con la Representación de los Trabajadores medidas organizativas que garantizasen la ocupación efectiva de estos trabajadores.

En ningún caso se agruparan las tareas de uno o varios puestos de trabajo existentes con la finalidad de amortizar puestos de trabajo.

 

  1. Creación de una Comisión Técnica y Paritaria para la supervisión y evaluación de las secciones que han sido externalizadas o han sufrido algún tipo de reorganización de su personal.

 

La Parte Empresarial pide un receso tras el cual nos hace entrega de un documento recogiendo lo siguiente:

 

A. TEXTO QUE MODIFICA EL CONVENIO

 

  • Preaviso de los días de IJI a un mes.
  • Uso discriminado de las líneas de producción los días de IJI.
  • Disposición transitoria en la cual se incluye la garantía de empleo ad personan:
    1. Censo laboral a 31/3/2015 con las funciones asignadas.
    2. Compromiso que después de una reorganización se dará trabajo efectivo a los afectados.

 

B. TEXTO QUE NO MODIFICA EL CONVENIO Y CUYA VIGENCIA ES TRANSITORIA.

 

  • Compromiso de convocar las vacantes de los puestos de trabajo después de una jubilación u otras causas.
  • Compromiso de no externalizar.

 

Tras esta propuesta se decide dar por finalizada la reunión, para que la parte social la pueda valorar adecuadamente.

Las partes se emplazan para una nueva reunión el próximo 22/4/2015.