El 28 de marzo se ha firmado el Convenio Non Stop 2014-2018, una vez ratificado el acuerdo en referéndum el pasado  23 de marzo. (Se adjunta acta de acuerdo).20160328 COMUNICADO UGT SAICA 14 2016 FIRMA CONVENIO_Página_1

Los aspectos más relevantes del nuevo texto del Convenio son:

  • Vigencia: 1 de enero 2014 a 31 de diciembre 2018.
  • Definición de las estructuras mínimas de producción:
    • Tabla de puestos de trabajo por secciones y Grupos profesionales.(art. 14)
    • Cobertura de las vacantes con nueva contratación (art. 47)
  • Compromiso de no externalizar más secciones hasta la vigencia del convenio.
  • Incrementos salariales consolidados de 7,3% de la RTTB a vigencia del convenio.
  • Mayor flexibilidad para el uso de los días de IJI actuales (1 de mayo, 12-13 de octubre) (art. 15 Ic.)
    • Preaviso de 1 mes.
    • Posibilidad de dividir por líneas de producción en SAICA El Burgo.

A pesar de todo lo acontecido en la negociación, creemos que se trata de un acuerdo positivo, ya que, se han conseguido definir unas estructuras productivas y el compromiso de nueva contratación que haga posible que no se pierdan más puestos de trabajo en el futuro. Este era uno de los objetivos primordiales para UGT en este convenio.

Además, en el aspecto económico, se ha conseguido que el año 2014 no caiga en saco roto y veamos reflejado un incremento consolidado en las tablas salariales.

Es importante recordar, que la Dirección de Empresa no nos lo ha puesto fácil, usando tácticas dirigidas a dividir a los trabajadores y a la Mesa Negociadora:

  • Obligación de trabajar el 1 de mayo de 2015 usando un acuerdo del anterior convenio que estaba fehacientemente caducado y que por tanto carecía de vigencia. Además el preaviso era un aspecto que se estaba negociando en el actual convenio. Esto supuso la demanda de ambos Comités, con sentencia favorable que impedía trabajar en SAICA Zaragoza. El proceso en SAICA El Burgo sigue su curso, ya que, la mayoría del comité de SAICA EL Burgo decidió no formalizar la denuncia conjuntamente.
  • Aplicación de la Reforma Laboral en SAICA El Burgo, para forzar un acuerdo con el Comité de SAICA El Burgo y trabajar los días 12-13 de octubre de 2015 (en pleno proceso de Negociación del Convenio).

Tampoco ha sido fácil en el seno de los Representantes de los Trabajadores de la Mesa Negociadora. Desde el principio hemos tenido problemas claros y evidentes para mantener un discurso único. Lo que para UGT era fundamental y prioritario, para el resto de Secciones Sindicales era prescindible y utópico, defendiendo medidas más cortoplacistas.

A pesar de ser una mayoría clara en la Mesa Negociadora, (8 miembros sobre 13) nunca la hemos usado; intentando buscar el consenso. Siempre hemos pensado que de esta forma se consiguen mejores resultados para la mayoría de los trabajadores, aunque en algunos momentos ha resultado muy complicado, como ejemplo,  la constitución de la Mesa Negociadora (apoyando la propuesta de OSTA) o la plataforma conjunta UGT, OSTA y CCOO.

La Sección Sindical de UGT, queremos agradecer todo el apoyo, que durante este largo periodo de negociación, hemos tenido de  los trabajadores, posibilitando la firma del mejor convenio posible, por su asistencia a las asambleas y concentraciones, y por no decaer en nuestro empeño conjunto  de conseguir lo que para otros parecía imposible.

Seguiremos informando.


ACTA DE ACUERDO DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA S.A. INDUSTRIAS CELULOSA ARAGONESA (SAICA) PARA EL REGIMEN DE TRABAJO EN CONTINUO “NON STOP” 2014-2018”

ASISTENTES:

Por la Parte Empresarial:  Sres. /a: Jose Manuel Barroso, Marta Brosed, Jose Mª Buera, Ignacio Campos, Jose Ignacio Castillo, Raúl Elgarrista, David Plou

Por la Parte Social: Sres.:  Jorge Casajús. (U.G.T.), F. Javier Fernandez. (U.G.T.), J. Vicente García. (U.G.T.), F. Javier García. (U.G.T.), J. Manuel González. (U.G.T.), Francisco Miguel. (U.G.T.), F. Antonio Vega. (U.G.T.), Antonio Arenas. (OSTA), Carlos Martínez. (OSTA), F. Javier Falcón. (CC.OO.), Oscar Romeo. (CC.OO.)

Delegados Sindicales: Sres.:         Javier Aguilar (CC.OO.), Ignacio León (U.G.T.), Fernando Mur (OSTA)

Presidente: Sr.: Guillermo Andaluz

En Zaragoza, siendo las 10 hs. del día 28 de Marzo de Dos Mil Dieciséis, se reúnen los representantes de la Empresa, S.A. Industrias Celulosa Aragonesa, con domicilio en Zaragoza (C/ San Juan de la Peña N°144, (C.P 50015), en adelante SAICA; y los Representantes de los Trabajadores designados como miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Empresa para el trabajo continuo en sus instalaciones, denominado «NON STOP»; así como los Delegados Sindicales de las tres Centrales Sindicales con representación en los Comités de Empresa: U.G.T., OSTA y CC.OO., y

De acuerdo con el TITULO III de la «negociación colectiva y de los convenios colectivos»; del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por R.D.L. 1/1995, de 24 de Marzo,

ACUERDAN POR UNANIMIDAD:

PRIMERO.- Aprobar y firmar el texto del Convenio Colectivo de Empresa de S.A. Industrias Celulosa Aragonesa (SAICA), para el Régimen de Trabajo en Continuo “NON STOP”, para los años 2014-2018, en sus Centros de Trabajo de Zaragoza y El Burgo de Ebro (Zaragoza), recogido en el Anexo I del presente Acta, firmadas y rubricadas por todos los miembros presentes en calidad de lo manifestado en el encabezamiento.

SEGUNDO.- MODIFICACIONES DEL TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO ANTERIOR

  1. Vigencia (artículo 4º): Las condiciones económicas pactadas en el presente Convenio Colectivo (Capítulo III) tendrán una vigencia desde el 01/01/2014 al 31/12/2018. (las Tablas Salariales anexadas serán las definitivas de 2014, 2015 y 2016; y provisionales 2017 y 2018).

Los demás artículos no tendrán límites en su vigencia salvo aquellos que resulten revisados por mutuo acuerdo.

  1. Del personal de las Secciones (Articulo 14º): Todo el personal descrito en el presente artículo estará afectado por el Artículo 3º del presente Convenio. Atendiendo al Artículo 2º del presente Convenio la actividad productiva se realiza en los Centros de Trabajo de Zaragoza y El Burgo según la relación de puestos de trabajo que se recogen en la  tabla:

 

FUNCIÓN/SECCIÓN PUESTO DE TRABAJO GRUPO PROFESIONALES
MÁQUINAS DE PAPEL (MPs) ·        Conductor MP

·        Ayudante 1º MP Zona Húmeda

·        Ayudante 2º MP Zona Seca

·        Conductor de Bobinadora

·        Ayudante 1º de Bobinadora

·        Ayudante 2º de Bobinadora

·        Peón (SAICA EL BURGO)

·        Peón

·        K

·        H

·        G

·        H

·        E

·        E

·        E

·        A

PREPARACIÓN DE PASTAS (PP) ·        Conductor PP

·        Ayudante de PP

·        J

·        G

CENTRALES DE ENERGIA (CE) ·        Conductor Responsable

·        Conductor

·        K

·        J

PLANTA DE VALORIZACION ENERGETICA (PVE) ·        Conductor Responsable

·        Conductor

·        K

·        J

MANTENIMIENTO ·Oficial 1ª/2ª/3ª Sin Non Stop (L-V)

· Oficial 1ª/2ª/3ª con Non Stop (1T)

· Oficial 1ª/2ª/3ª con Non Stop (3T)

·        J/H/F

·        J/H/F

·        J/H/F

GENERAL DE FABRICA ·        Correturnos ·        G

 

  1. Del personal de fabricación: Se entiende por personal de fabricación aquel que sirve directamente a los puestos de trabajo de las secciones con la misión de producir la adecuada cantidad y calidad de pasta o papel. Se incluyen en este grupo los puestos descritos en las secciones de MP, PP, CE y PVE.

Cuando las instalaciones trabajen al “Régimen Non Stop”, existirán equipos de cinco trabajadores del colectivo Non Stop para cada uno de estos puestos, según esté constituida cada Sección a 1 de marzo de 2016, asegurando de esta manera el funcionamiento de las instalaciones productivas los días establecidos en el artículo 1º del presente convenio.

  1. Calendario Laboral (Artículo 15º. I c): Incremento de Jornada Industrial (IJI):

En la fijación del calendario para el año siguiente la empresa decidirá si los días 1 de Mayo, 12 y 11 ó 13 de Octubre serán días de trabajo.

No obstante, en el caso de no haber fijado estos días en el calendario anual, y según las necesidades del mercado, la empresa podrá decidir, con al menos un mes de antelación, y comunicándolo por escrito a la Representación de los Trabajadores, si estos días serán de trabajo.

Esta decisión se podrá tomar a nivel total de Centro de Trabajo o por líneas de producción de acuerdo al siguiente esquema:

 

  • MP6, MP7, PPS1, CES1 y Mantenimiento de cualquier festivo.
  • MP8, PPS2, COG SEB y Mantenimiento de cualquier festivo.
  • MP9, PPS34, COG SEB y Mantenimiento de cualquier festivo.
  • MP10, PPS34, COG SEB y Mantenimiento de cualquier festivo.
  • PVE y Mantenimiento de cualquier festivo.

La Empresa previo a su uso, adecuará el Plan de Emergencia existente a los diferentes supuestos. Asimismo, en caso de trabajar en una o varias líneas vendrían a trabajar los trabajadores pertenecientes a esa línea y que por calendario les correspondiera, así como los Mantenimientos u otros Servicios Comunes de cualquier festivo.

 

En estos casos en que no se fije en los Calendarios Laborales anuales iniciales, los días generados de la Bolsa de Libre Disposición variable (BLD), se descontarán a elección del trabajador, siempre que no coincidan en periodo vacacional. Si se solicitaran para un mismo Turno y Sección por más de un trabajador, las peticiones se atenderán por orden de solicitud y de manera que se asegure la correcta continuidad del funcionamiento de las instalaciones.

 

Incrementos y Revisiones Salariales (Artículo 37º): Se aplicarán las siguientes revisiones e incrementos salariales sobre todos los conceptos de la RTTB (Retribución Total Teórico Bruta) tanto a los conceptos salariales del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón, como a los conceptos del Convenio Colectivo de Empresa S.A. INDUSTRIAS CELULOSA ARAGONESA para el régimen de trabajo en continuo “Non Stop”:

 

  • Para el 2014 un incremento del 1% consolidable en tablas y el abono en nómina de un pago extraordinario de 400 euros a cada trabajador, no consolidable.
  • Para el 2015 un incremento del 1% consolidable en tablas y el abono en nómina de un pago extraordinario de 200 euros a cada trabajador, no consolidable.
  • Para el 2016 un incremento del 1,5% consolidable en tablas.
  • Para el 2017 un incremento del 1,8% consolidable en tablas.
  • Para el 2018 un incremento del 1,8% consolidable en tablas.

Los incrementos pactados tendrán carácter retroactivo debiendo hacer efectiva la regularización de las cantidades no percibidas, a la firma del Convenio.

Se aplicarían los incrementos y revisiones salariales para cada año, en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón en vigor, actualizando las partes firmantes las tablas salariales correspondientes y demás conceptos retributivos en el porcentaje establecido en el mismo.

En ningún caso estos incrementos establecidos en el CCo Estatal se sumarán o acumularán a los porcentajes específicos indicados  para este CCo Non Stop (años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018), y se aplicarán los incrementos del CCo Estatal en el supuesto de ser superiores a los anteriores.

Se establece una cláusula de revisión salarial en las mismas condiciones que las que se indique en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón.

Para respetar los valores de los conceptos del CCo Estatal, y garantizar las revisiones indicadas en cada año a la totalidad de los conceptos de ambos pactos, se utilizaría como partida de ajuste el “CSE”.