El pasado 25 de mayo se celebró nueva reunión de la CMIV del Convenio Estatal, en la sede de ASPAPEL (Madrid).

Dentro del orden del día se encontraba la consulta realizada por UGT-SAICA relativa al disfrute de vacaciones en calendario de técnicos y administrativos para el año 2017, preguntando directamente si para un colectivo que tiene fijada su jornada laboral habitual  de L-V, los al menos 24 días laborables de disfrute de vacaciones que marca el convenio (art. 9.5)deben estar distibuidos igualmente de L-V.

Ese mismo día, la Dirección de SAICA entregó a la CMIV un escrito de alegaciones (se adjunta) mediante el cual insistía que los sábados son días laborables a todos los efectos legales.

Después de un intenso debate, y a pesar, de que había parte de la patronal que compartía la tesis de los RRTT, se decidió hacer una declaración de parte:

09-2017. Consulta de SAICA, relativa a «Calendarios laborales y vacaciones»

La parte sindical entiende que los 24 días laborables de las vacaciones tienen que estar distribuidos de lunes a viernes.

Respecto al calendario oficial de la provincia considera que el boletín oficial donde se publican los festivos de cada provincia no es un calendario laboral al uso, siendo el convenio colectivo el que determina de qué manera tiene que distribuirse dichas vacaciones.

La parte empresarial entiende que el calendario oficial reconoce como días laborables todos los días de la semana, salvo los catorce festivos comunes, por lo que el sábado no tiene carácter oficial de «no laborable» y ello, con independencia de que la distribución de la jornada en cada empresa se haga de lunes a viernes, de lunes a sábado o de cualquier otra forma distributiva.

La Dirección quiere llevar el debate al “estatus jurídico” del sábado como día laborable sin tener en cuenta la jornada habitual del colectivo. Para nosotros es claro que si el convenio establece estos días laborables como mínimo de disfrute de vacaciones, deben estar distribuidos de L-V para que realmente sean efectivos. La Dirección pretende que dos de esos 24 días se disfruten en sábado, aunque no sea parte de la jornada habitual del colectivo.

Esto significa, que a falta de acuerdo, deberá ser el juez el próximo 6 de septiembre quien decida.

Esta situación nos parece un claro ataque a los derechos de este colectivo establecidos en el Convenio Estatal, siendo otra vuelta de tuerca más a sus condiciones laborales.