Recientemente hemos recibido la resolución de la inspección de trabajo sobre las denuncias presentadas por UGT y CCOO relativas al exceso de jornada realizadas por el colectivo de técnicos y administrativos durante los años 2021 y 2022.

En dicha resolución queda constancia de que el exceso de jornada realizado por las personas de estos colectivos debe ser considerado como horas extraordinarias y extiende acta de liquidación por la cotización adicional. Además se extiende acta de infracción por no ingresar la totalidad de las cotizaciones y 2 actas de infracción por exceder el límite legal de 80 horas extras anuales (una por cada año).

A pesar de lo positivo de esta resolución hemos registrado un escrito a la inspección de trabajo donde indicamos nuestra disconformidad con los cálculos del tiempo de desplazamiento desde los tornos hasta el puesto de trabajo, ya que, para mayor seguridad jurídica, se ha aceptado el criterio de la empresa, que estima la duración de estos trayectos en 1 hora diaria.

En los últimos años han sido varias las denuncias presentadas por UGT ante la inspección de trabajo para tratar de atajar estos excesos de jornada, pero gracias a la aprobación del registro horario los hemos podido cuantificar individualmente y demostrarlos sin que hubiese lugar a duda.

Con esta resolución vemos alcanzados algunos de los objetivos necesarios para la mejora de las condiciones del colectivo de técnicos y administrativos, pero todavía nos queda mucho camino por recorrer. Estamos convencidos de que, con vuestro apoyo, lo conseguiremos.